NUEVAS TARIFAS EFECTIVAS A PARTIR DEL 18 DE FEBRERO DE 2024
El Concesionario de AEROPORTOS DO SUDESTE DO BRASIL S.A, informa que a partir del día 18 de febrero de 2024 los valores de Tasas de Embarque, Conexión, Aterrizaje, Estancia, Almacenamiento y Capacitación, establecido en el Anexo 4 del Contrato de Concesión N° 003/ANAC/2019 - Sureste, será reajustado, según Ordenanza N° 13.340, de 12 de diciembre de 2023, de la Agencia Nacional de Aviación Civil – ANAC, publicada en el Diario Oficial de la Unión el 26 de diciembre de 2023.
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- Política de precios de VIX
- Tabla 1 - Tarifa de embarque del Grupo I
Tabla 1 - Tarifa de embarque del Grupo I
Nacional (BRL)
Internacional (BRL)
45,56
72,97
- Tabla 1-A - Tarifa de conexión (por pasajero)
Tabla 1-A - Tarifa de conexión (por pasajero)
Nacional (BRL)
Internacional (BRL)
13,87
13,87
- Tabla 2 - Tasa de Desembarque aplicable al Grupo I (por tonelada)
Tabla 2 - Tasa de Desembarque aplicable al Grupo I (por tonelada)
Nacional (BRL)
Internacional (BRL)
11,97
31,89
- Tabla 3 - Tasas de Permanencia aplicables al Grupo I
Tabla 3 - Tasas de Permanencia aplicables al Grupo I
Nacional (BRL)
Internacional (BRL)
Patio de maniobras
Área de estancia
Patio de maniobras
Área de estancia
2,37
0,51
6,35
1,30
- Tabla 4 - Tarifa Unificada de Embarque y Desembarque aplicable al Grupo II
Tabla 4 - Tarifa Unificada de Embarque y Desembarque aplicable al Grupo II
Rangos de PMD (Ton)
Valores del hogar
Valores Internacionales
aterrizaje
aterrizaje
Hasta el 1
226,06
325,36
+ de 1 a 2
226,06
325,36
+ de 2 a 4
274,45
572,62
+ de 4 a 6
555,17
1.039,98
+ de 6 a 12
723,09
1.151,67
+ de 12 a 24
1.642,42
3.422,52
+ de 24 a 48
4.214,60
7.684,44
+ de 48 a 100
4.989,00
10.436,80
+ de 100 a 200
8.142,75
17.346,97
+ de 200 a 300
12.854,40
27.608,11
más 300
21.484,48
45.703,38
- Tabla 5 - Tarifas de Estancia aplicables al Grupo II
Tabla 5 - Tarifas de Estancia aplicables al Grupo II
Rangos de PMD (Ton)
Valores Nacionales*
Valores Internacionales*
Patio de maniobras
Área de estancia
Patio de maniobras
Área de estancia
Hasta el 1
37,38
2,48
35,16
2,25
+ de 1 a 2
37,38
2,48
35,16
2,25
+ de 2 a 4
37,38
2,48
35,16
4,56
+ de 4 a 6
37,38
3,22
42,27
8,12
+ de 6 a 12
37,38
5,53
70,30
13,98
+ de 12 a 24
54,29
10,81
141,19
27,65
+ de 24 a 48
108,79
21,69
275,32
54,96
+ de 48 a 100
180,06
35,98
458,10
91,73
+ de 100 a 200
407,96
81,49
1.036,52
208,18
+ de 200 a 300
711,28
142,30
1.812,81
363,07
más 300
1.034,27
206,79
2.637,84
528,98
*hora entera
- Tabla 6 - Tarifa de Almacenamiento para Carga Importada
Tabla 6 - Tarifa de Almacenamiento para Carga Importada
Períodos de almacenamiento
Porcentaje del valor CIF
1° - Hasta 02 días hábiles
0,75%
2º - De 3 a 5 días hábiles
1,50%
3º - De 6 a 10 días hábiles
2,25%
4º - De 11 a 20 días hábiles
4,50%
Por cada 10 días hábiles o fracción del mismo, a partir del 4° período, hasta que se retiren las mercancías.
+ 2,25%
Observaciones:
1. A partir del 4° (cuarto) período, los porcentajes son acumulativos;
2. Esta Tabla se aplica acumulativamente con la Tabla 7.
- Tabla 7 - Honorario de Capataz de Carga Importada
Tabla 7 - Honorario de Capataz de Carga Importada
Valor de peso bruto verificado
U$D 0,0772 por kilogramo
Observaciones:
1. Esta tabla se aplica acumulativamente con la Tabla 6;
2. El importe de la tasa de asistencia aeroportuaria se cobrará una sola vez;
3. Cargo Mínimo – R$ 17,18 (Diecisiete reales con dieciocho centavos).
- Tabla 8 - Tarifas por Almacenamiento y Vigilancia de Carga Importada Aplicadas en Casos Especiales
Tabla 8 - Tarifas por Almacenamiento y Vigilancia de Carga Importada Aplicadas en Casos Especiales
Periodo de almacenamiento
Acerca del peso bruto verificado
1° - Hasta 4 días hábiles
U$D 0,2059 por kilogramo
2° - Por cada 2 días hábiles o fracción, a partir del 1° período, hasta el retiro de la mercancía
Añadir (+) U$D 0,2059 por kilogramo
Observaciones:
La tarifa mínima a cobrar corresponderá a R$ 17,18 (diecisiete reales con dieciocho centavos).
- Tabla 9 - Tarifas de Capacitación para Carga Importada en Tránsito
Tabla 9 - Tarifas de Capacitación para Carga Importada en Tránsito
Acerca del peso bruto verificado
U$D 1,3448 por kilogramo
Observaciones:
1. Cargo Mínimo – R$ 93,09 (noventa y tres reales con nueve centavos);2. La Tabla 4 aplica para cargas con permanencia máxima de 24 (veinticuatro) horas en TECA; y
3. Excedido el plazo de 24 (veinticuatro) horas, luego de que la carga haya ingresado al TECA, se deberán aplicar las Tablas 1 y 2 o la Tabla 5 de esta Tarifa.
- Tabla 10 - Tarifas por Almacenamiento y Vigilancia de Cargas Importadas de Alto Valor Específico
Tabla 10 - Tarifas por Almacenamiento y Vigilancia de Cargas Importadas de Alto Valor Específico
Períodos de almacenamiento
Rango (R$)
Porcentaje del Valor CIF
3 días hábiles o fracción del mismo, a partir de la fecha de recepción en TECA
el 5.000,00 a
0,60%
19.999,99 / kg
De 20.000,00 a 79.999,99/kg
0,30%
más de 80.000,00/kg
0,15%
Observaciones:
1. El valor CIF por kilogramo se basa en el peso neto de la carga.
- Tabla 11 - Tarifas por Almacenamiento y Manejo de Cargas Destinadas a la Exportación
Tabla 11 - Tarifas por Almacenamiento y Manejo de Cargas Destinadas a la Exportación
Periodo de almacenamiento
Acerca del peso bruto verificado
1° - Hasta 4 días hábiles
U$D 0,1028 por kilogramo
2° - Por cada 2 días hábiles o fracción, a partir del 1° período, hasta el retiro de la mercancía
Añadir (+) BRL 0,1028 por kilogramo
Observaciones:
1. Tarifa mínima de R$ 6,87 (seis reales con ochenta y siete centavos) en la TECA de origen y de R$ 3,44 (tres reales con veinticuatro centavos) en la TECA de tránsito;
2. Los valores son acumulativos a partir del 2º periodo; y
3. Reducción del 50% (cincuenta por ciento) en los casos de devolución de carga perecedera a TECA, por retraso o cancelación del transporte aéreo regular.
- Tabla 12 - Cargos por Almacenamiento y Ejecución de la Carga bajo pena de pérdida
Tabla 12 - Cargos por Almacenamiento y Ejecución de la Carga bajo pena de pérdida
Periodo de almacenamiento
Porcentaje del valor FOB
1º Hasta 45 días
1,50%
2º De más de 45 días a 90 días
3,00%
3º De más de 90 días a 120 días
4,50%
4º De más de 120 días
7,50%